Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bernardos adoptado en sesión celebrada el día 6 de octubre de 2017, se ha aprobado inicialmente la modificación puntual 1-2015 de las Normas Urbanísticas Municipales de Bernardos (Segovia), promovido por Dª María del Castillo Sánchez Sánchez y D. José Ángel Friginal Aldavero.

En el documento de modificación, redactado por el Arquitecto D. Joaquín Albertos Díez, se prevé la redelimitación de la zona E.E. de Equipamiento de Espectáculos municipal prevista en las NN.UU.MM., con reducción en 230 m2 de su superficie, perteneciente a parcela de titularidad privada de los promotores de la modificación, y su sustitución, conforme a lo exigido en al Art. 58.3 c) de la Ley 5/1999, por otra zona Z.C. de Equipamiento Deportivo, que asimismo se redelimita, con superficie y funcionalidad similar, en los términos que obran en el expediente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 52 y 142 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y con los artículos 154.3 y 432 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se abre un periodo de información pública mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el Adelantado de Segovia y en la página web del Ayuntamiento de Bernardos (https://www.bernardos.es). El periodo de información pública será de DOS MESES a contar a partir del siguiente al de la publicación del último de los anuncios preceptivos citados en el apartado anterior.

Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, pudiéndose presentar cuantas alegaciones se estimen pertinentes en el Registro General del Ayuntamiento de Bernardos, en horario de 9:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes. Toda la documentación integrante de la modificación puntual 1-2015 de las normas urbanísticas municipales de Bernardos (Segovia) puede consultarse igualmente en la página web del ayuntamiento de Bernardos en la siguiente dirección: https://www.bernardos.es.

Se suspende en las áreas donde se altere la calificación urbanística que constituyen el objeto de la presente Modificación Puntual 1-2015 y, en general, donde se modifique el régimen urbanístico vigente, el otorgamiento de las siguientes licencias urbanísticas: las citadas en los párrafos 1º, 2º, 3º, y 4º de la letra a) y 1º y 2º de la letra b) del artículo 288 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Los efectos de esta suspensión se extinguirán con la entrada en vigor de la modificación puntual 1-2015 de las normas urbanísticas municipales que los motiva y, en todo caso, por el transcurso del plazo de dos años.

En Bernardos, a 15 de noviembre de 2017.

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