Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el pasado día 20 de enero

«PRIMERO.- DENUNCIA DEL CONTRATO DE 16 DE ENERO DE 1985 Y DEL ACUERDO DE 18 JULIO DE 1989 REGULADORES DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA DOMICILIARIA DEL SOBRANTE DE LA CAPTACIÓN DE BERNARDOS A DOMINGO GARCÍA.

Por el Sr. Alcalde se da cuenta al resto de miembros de la Corporación del Contrato de 16 de enero de 1985 y del Acuerdo de 18 de julio de 1989, adoptados por los regidores de los municipios de Bernardos y Domingo García el primero, y por los regidores de los municipios de Bernardos, Domingo García y Migueláñez el segundo, que desde esa fecha vienen regulando el suministro de agua domiciliaria procedente del excedente de la captación de Bernardos a los otros dos municipios, estableciendo en su tenor literal el punto 5 del acuerdo de 18 de julio de 1989, bajo el título “Mantenimiento”, que “el mantenimiento y conservación de las instalaciones correrán a cargo del Ayuntamiento de Bernardos, excepto la tubería que va desde el depósito regulador a Migueláñez y Domingo García será de cuenta de estos dos Ayuntamientos al 50%”. Citado Acuerdo fue refrendado por acuerdo de cada uno de los Ayuntamientos-Plenos participantes.

En julio de 2007 el Ayuntamiento de Bernardos adoptó la decisión de suprimir el suministro del excedente de agua de la captación a Domingo García si por parte de ese Ayuntamiento no se adoptaban las medidas oportunas para reparar las fugas en la tubería de conducción desde el contador sito en las proximidades del paraje de “Peña Mora”, de Migueláñez, y el depósito regulador de Domingo García, dado que las pérdidas de agua alcanzaban 8 m3/hora. En ese mismo mes se acometieron estas obras y, posteriormente, se renovó dicha tubería de conducción, con cargo a las diversas líneas de colaboración de la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Segovia.

Con motivo de la falta de celo en el mantenimiento de la tubería de conducción del suministro se generó por parte del Ayuntamiento de Domingo García la deuda con el Ayuntamiento de Bernardos que seguidamente se relaciona, deuda que se encuentra vencida y pendiente de liquidación en el día de la fecha:

Período facturado Fecha de notificación Importe adeudado (€)
Tercer trimestre de 2006 9 de octubre de 2006 5.727,84
Cuarto trimestre de 2006 11 de enero de 2007 5.593,10
Primer trimestre 2007 12 de abril de 2007 6.942,23
Segundo trimestre 2007 4 de julio de 2007 7.801,11
Tercer trimestre 2007 9 de octubre de 2007 3.217,30
Tercer trimestre 2008 1 de octubre de 2008 3.397,81

Total

32.679,39

Como se ha dado cuenta al Pleno en el punto anterior de esta sesión, el pasado día 15 de enero de 2010 se recibe en este Ayuntamiento notificación de un acuerdo, adoptado por la Asamblea vecinal de Domingo García en reunión celebrada el día 19 de diciembre de 2009,estableciendo: “Que al Ayuntamiento de Bernardos se le pagará trimestralmente, tras la factura que este pase al Ayuntamiento de Domingo García, el importe del consumo de los contadores individuales de los usuarios del abastecimiento de agua de Domingo García resultante de la lectura que se haga de los mismos en el mismo trimestre facturado, por el importe correspondiente al precio de metro cúbico facturado por el Ayuntamiento de Bernardos.”

En el punto 6 del mencionado Acuerdo de 18 de julio de 1989, bajo el título “Relación jurídica” se establece en su tenor literal que “El importe del agua suministrada a ambos pueblos se obtendrá aplicando al precio por metro cúbico que el Ayuntamiento de Bernardos apruebe para sus abonados con un 10% de reducción. El importe con el incremento del IVA correspondiente se hará efectivo por los Ayuntamientos de Migueláñez y Domingo García al Ayuntamiento de Bernardos en los mismos períodos de recaudación que los establecidos para Bernardos. Haciéndose la lectura de los dos contadores con la misma periodicidad que en la actualidad es una vez por trimestre”.

El Ayuntamiento de Bernardos a lo largo de casi cuatro años ha manifestado en múltiples ocasiones la voluntad de alcanzar una solución negociada a este conflicto sin que, en ningún momento, por parte del Ayuntamiento de Domingo García se hayan practicado actuaciones tendentes a solventar el mismo y, sin embargo, si dilatorias. Abundando en este extremo, el Ayuntamiento de Domingo García no sólo no cumple con las obligaciones establecidas en el Acuerdo regulador de su abastecimiento de agua, sino que, además, a la vista de sus acuerdos modifica unilateralmente las normas reguladoras respecto a la forma de calcular el importe de la tasa.

Por lo expuesto señala el Sr. Alcalde que admitir el acuerdo de la Asamblea vecinal de Domingo García es negar a este Ayuntamiento cualquier capacidad de negociación, ya que nos sitúa nuevamente ante hechos consumados.

Por todo ello la Corporación, debatido suficientemente el asunto y por unanimidad de todos los asistentes, con cinco votos a favor (4 PSOE y 1 PP), acuerda:

PRIMERO.- Denunciar el Contrato de 16 de enero de 1985, y por ende el Acuerdo de 18 de julio de 1989 regulador del suministro del sobrante de agua de la captación de Bernardos a Domingo García, por incumplimiento reiterado de las obligaciones de mantenimiento de las instalaciones bajo responsabilidad de ese Ayuntamiento y por no reconocer el principal de la deuda vencida pendiente de liquidación y satisfacer la misma en plazo de tiempo habilitado a tal fin.

SEGUNDO.- Considerar el acuerdo adoptado por la Asamblea vecinal de Domingo García en sesión celebrada el pasado día 19 de diciembre de 2009 como una modificación sustancial de las normas que regulan el suministro, adoptado de forma unilateral, lo que supone variar las vigentes normas reguladoras, sin haber participado en los términos de dicha modificación los Ayuntamientos de Bernardos y Migueláñez.

TERCERO.- Suprimir el abastecimiento del excedente de suministro de agua de la captación desde Bernardos a Domingo García a partir del próximo día 1 de febrero de 2010.

CUARTO.- Instar a la Tesorera y el Secretario del Ayuntamiento de Bernardos para que de forma inmediata se requiera al Ayuntamiento de Domingo García que designe los bienes de titularidad municipal y que no constituyan patrimonio básico de ese Ayuntamiento para proceder a su embargo y, si procediera, a venderlos en pública subasta por una cuantía que cubra la deuda principal (32.679,39 €) y el importe del recargo alcanzada la vía de apremio (6.535,87 €), además de las costas provisionales (tasadas en 10.000,00 €).

QUINTO.- Mostrar la disposición del Ayuntamiento de Bernardos a renegociar el Acuerdo regulador del suministro del excedente de la captación, siempre y cuando resulte liquidada la deuda vencida que se encuentra pendiente de abono.

SEXTO.- Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Domingo García, al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Segovia, al Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León de Segovia, al Director General de Administración Territorial de la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León en Segovia, al Ilma. Sra. Subdelegada del Gobierno en Segovia y al Ayuntamiento de Migueláñez.»